Historia de Tehuacán: El Título de Ciudad de Indios

Historia de Tehuacán: El Título de Ciudad de Indios

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Historia de Tehuacán: El Título de Ciudad de Indios según la obra de Joaquín Paredes Colín.

 

He llegado a la época más interesante y más olvidada de nuestra historia local: La erección de Tehuacán a la categoría de Ciudad. Me limitare a extractar parte esencial de los documentos que existen en la Secretaria del Ayuntamiento, y como me abstendré de hacer comentarios, ruego a lector que fije su atención en el escudo de armas que se dio a la ciudad, porque en él está consignada gráficamente en la Historia Antigua de Tehuacán, según he podido comprenderlo.

 

Necesitando el Rey de España recursos pecuniarios para los cuantiosos gastos de la corte y de las guerras que sostenía, expidió en Buen Retiro el primero de Junio de 1654 una real cédula para que, mediante una cantidad de dinero, que no fijó, dejándola al arbitrio de los encargados de cumplir sus disposiciones, pudieran estos elevar los pueblos a la calidad de Villas o ciudades.

 

Para cumplir con dicha real cédula el Virrey, Duque que Alburquerque, pidió a distintas personas en los obispados y provincias de la Nueva España, habiendo nombrado para el obispado de la Puebla de los Ángeles al Dr. D. Manuel de Escalante y Mendoza el 21 de Junio de 1659. Este Señor, después de estar en varios pueblos desempeñando su comisión, llegó a Tehuacán e inmediatamente hizo publicar por medio de pregón el Sábado 13 de Marzo de 1660 la real cédula y las facultades de que se hallaba investido.

 

El quince del propio mes y año se reunieron los ibéricos residentes aquí y ofrecieron al comisionado $ 1,000 por el título de “Villa de Españoles”  y más la cantidad correspondiente a los oficios de cuatro regidores que desde luego propusieron en esta forma: Alférez D. Pedro de Moguer, Andrés del Moral, Alférez Juan De Arizmendi y Miguel Méndez. Además proponían para tesorero al Alférez Real Diego Duarte, para depositario general a Antonio Riverón y a José Martín para escribano de cabildo.

 

Los pobres indios alarmados por la preponderancia que sobre ellos querían tener oficialmente los españoles se reunieron también y acordaron comprar el título de ciudad, dirigiendo para el efecto del mismo día quince una solicitud al Dr. Dn. Manuel de Escalante y Mendoza en la que le proponían $ 1,000 en efectivo y además tres mil cincuenta y nueve pesos y dos tomines de un crédito que el pueblo tenía contra la testamentaría de D. Alfonso Prieto de Bonilla, por réditos y frutos de sus haciendas, a cambio del título de ciudad de indios naturales con las concesiones y privilegios de la ciudad de Tlaxcala. Esta petición la subscribieron el Gobernador, Alcalde y principales del pueblo y el comisionado proveyó que se hiciera conocer de los vecinos españoles dicha petición para ver si modificaban su oferta.

 

El martes 16 de marzo es decir el día siguiente, los españoles dijeron que darían por el título de Villa $1500 a fines de Mayo próximo y que pagarían los oficios hasta dentro de dos años y como se les contestó que sus condiciones no eran aceptables, respondieron que desistían de su pretensión. No teniendo ya competidores los indígenas se les dio al fin el anhelado título de ciudad, levantándose las siguientes actas que textualmente copio:

 

 

El acta del Título de Ciudad de Indios:

 

“En el pueblo de Tehuacan a diez y seis de Marzo de mil seiscientos sesenta, habiendo visto la respuesta dada por los españoles vecinos de este pueblo y el desistimiento que hacían de su pretensión, sin perjuicio de cualquier derecho que S. M. pudiera haber adquirido, mandó que se llamase al gobernador, alcaldes y demás de este dicho pueblo y estando todos juntos en la sala de su morada, conviene a saber, D. Nicolás de Santiago, gobernador, D. Miguel Valiente, D. José Hernández, alcaldes, D. José de S. Francisco, así mismo alcalde, D. Diego Pablo, regidor mayor, D. Melchor Valiente, D. Agustín de Santiago, regidores, Juan Pablo, alguacil mayor, D. Gabriel de Santiago, caciques, y otros muchos principales, y mediante Diego Laynes  de Armas, interprete, se les dio a entender a todos los dichos lo últimamente respondió por dichos vecinos y como habían llegado a ofrecer por el título de villa que pretendían $ 1,500 y que se alargasen a ofrecer la misma cantidad para que se les hiciese la merced que pedían, a lo que respondieron que en consideración del favor y amparo de todos los naturales tienen en Su Majestad (Q. D. G.) que tan repetidamente encarga a todos los Señores Virreyes que gobiernan estos Reinos y a la Audiencia Real que reside en ellos si ha de servir su merced y como uno de sus ministros amparar y fomentar su causa por la piedad de ella y que la gracia y merced que pretenden se les debe dar por mucho menos que a los españoles, por ser conforme a la voluntad de S. M. y tan llegada a razón como es ser este pueblo y estar prohibido por muchas y diversas cédulas reales que no se consienta vivir españoles entre ellos y mandados lanzar a todos cuanto se entrometieren y mezclaren a vivir con dichos naturales en los dichos pueblos y cuasi era suficiente la cantidad de los un mil pesos que ofrecían de los cuales darían luego de contado los quinientos restantes para fines del mes de Mayo venidero, de este presente año, en que no habría falta ni duda y a cuya paga y satisfacción habrían obligación en forma de favor de S. M. el gobernador, alcaldes y regidores, caciques y demás principales de dicho pueblo, con lo cual mando su merced que se compongan dichos pesos quinientos en el poder del tesorero Diego Durante, depositario nombrado, y hecho se traiga para proveer y lo firmó Dr. D. Manuel de Escalante y Mendoza. Ante mí, Juan de los Reyes Marchena, escribano y receptor.”

 

“En el pueblo de Tehuacán á diez y seis días del mes de Marzo de 1660 el Señor Dr. D. Manuel de Escalante y Mendoza, caballero de la orden de Santiago del Consejo de S. M. y su Fiscal en la Real Audiencia y sala del crimen de la Ciudad de México, Juez para beneficiar el Real donativo, ventas de oficios, indultos, gracias y mercedes que se mandaban beneficiar para el aumento de la Real Hacienda, en virtud de cédulas de S. M., cuya ejecución y cumplimiento le es cometida por el Exmo. Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador y Capitán General de esta Nueva España: habiendo visto estos autos y desistimiento hecho por los vecinos españoles de este dicho pueblo y que por la merced que pretendían no daban cosa alguna de presente y que llego a conseguir las cantidades quedarían por los oficios las personas que los habían puesto eran tan cortas que no fuera decente rematarlas en tan bajos precios y en consideración de que dicho gobernador y demás principales han dado de contado $500 y los restantes se pueden tener así mismo por de contado, pues el plazo es para fin de Mayo de este presente año de que han otorgado escritura de obligación en favor de S. M. y que de más a más ceden y traspasan a favor de la Real Hacienda los $ 3,059 y dos tomines que se aceptan mientras el Exmo. Señor Duque de Alburquerque, Virrey de esta Nueva España no dispusiese otra cosa de lo cual se hará recaudo en forma, ya que es muy conforme a su Real voluntad y que todos los naturales de estos Reinos sean amparados, favorecidos y ayudados procurándoles su mayor alivio y comodidad y a todos los demás que se refieren a su petición:

 

Por tanto en nombre de S. M. y en virtud de las dichas Reales Cédulas y del capítulo IX de la Real instrucción que se inserte con pie y cabeza de ella y mandamiento de su E. cuya ejecución y cumplimiento le está cometida por el Exmo Señor Duque de Alburquerque, Virrey, Gobernador, y Capitán General de las provincias y reinos de esta Nueva España, hacía e hizo gracia y merced a este dicho pueblo de Nuestra Señora de la Concepción de Tehuacán, del título y nombre de Ciudad de Indios para que de aquí en adelante y para siempre jamás se pueda intitular e intitule, la Ciudad de Nuestra Señora de la Concepción y Cueva, según y en la forma y manera que son los mismos privilegios que puede conceder de los que tiene y goza la ciudad de Tlaxcala para que su imitación y ejemplo procedan y tengan su cabildo y demás actos que tiene y ejerce la dicha Ciudad de Tlaxcala, nombrando y eligiendo en cada un año en su cabildo y Ayuntamiento los oficios de Justicia y escribano natural como ellos, sin que en todo lo que se tratare y dispusiere dentro de las puertas adentro de dicho cabildo y está permitido que pase ante el escribano de él se puede entremeter otro cualquiera a título de escribano publico o Real y demás ministros que conviniere para el buen uso y gobierno de dichos naturales a su usanza, y les señalaba y señaló por armas que manifestaron:

 

Esta lectura por su extensión y al abordar otro tema distinto se ha llevado a un artículo nuevo sobre El Escudo de Armas de Tehuacán.

 

Y habiéndose salido todo el concurso de la gente quedaron solo a su merced y el ducho Sr. Gral. Gobernador, Alcaldes y demás principales  del dicho pueblo que son los electores y para proceder a darles posesión de sus oficios mandó que los fuesen nombrando lo cual se fue haciendo en la manera siguiente: D. Nicolás de Santiago, Gobernador que actualmente es por elección hecha en su persona el primer día del año nuevo de este presente año, así mismo confirmado y aprobado. D. José de S. Francisco, Alcalde ordinario con igual confirmación y nuevamente electo. Alférez Real, D. José de Santiago nuevamente electo. D. José de Santiago, el viejo, Regidor más antiguo nuevamente electo. D. Francisco Hernández, Regidor Segundo nuevamente electo. D. Diego Pablo, Regidor y Depositario nuevamente electo. D. Juan de Santiago, Regidor nuevamente electo D. Melchor Osorio, quinto regidor nuevamente electo. D. Nicolás Joaquín, sexto Regidor nuevamente electo. Escribano de Cabildo, Gabriel de Santiago y nombran para su Procurador General, á D. Francisco, Regidor de esta Ciudad, para que puedan pedir y pida todo lo que le pareciere conveniente a la utilidad y bien público de dicha ciudad y nombraron por porteros a Juan de Santiago y á Jerónimo de Santiago cuya conformidad se fueron asentando todos los en sus lugares por su antigüedad como van nombrados para que siempre guarden y cumplan esta orden y al Alguacil Mayor se le dio así mismo su asiento. Y habiendo todos juntos jurado por Dios N. S. y la señal de la Cruz que hicieron con los dedos de su mano derecha de que usarían bien y fielmente sus oficios en todo lo tocante y concerniente a ellos y que guardarían el secreto de las cosas que tratasen y confirieren para su buen gobierno, en señal de posesión como dicho es tomaron dichos asientos y entraron en dicha sala y al dicho Alguacil Mayor se le entregó su vara con lo cual se acabó el dicho cabildo y Su Merced se fue a las casas de su Morada y que así de lo hecho ahora como en todo lo demás que adelante fueren obrando, lo asiente en un libro que precisamente han de tener para asentar todo cuanto hicieren y determinaren y que en todo tiempo conste de ello y lo firmo con el dicho Sr. General y el dicho Gobernador y demás oficiales que supieron firmar. Dr. D. Manuel de Escalante y Mendoza. . .  etc. Etc.”

 

Todos los apellidos de Santiago que eran muchos como puede comprenderse por la lectura de las actas anteriores, fueron los principales caciques de Tehuacán y parece que fueron originarios de Tlaxcala. El 31 de Mayo del propio año hicieron los naturales, como estaba acordado, entrega de los $500 restantes pero la confirmación del título de Ciudad de por el Virrey, Marqués Conde de Baños, tiene la fecha de 2 de Noviembre de 1660, documento que se recibió aquí el 17 del mismo mes y año, levantándose una acta que también está en el libro donde se hallan coleccionados estos documentos, en la Secretaria del Ayuntamiento y comienza así dicha acta: “En la Ciudad de Santa María Concepción Tehuacán y de la Cueva a diez y siete días del mes de Noviembre de 1660, ante mí, Capitán D. Pedro de Sandivar y Urbina Alcalde mayor y Teniente y Teniente de Capitán en esta Ciudad y su provincia y la de Coxcatlán por su S. M., el Gobernador, Alcaldes y Regidores de esta Dicha Ciudad presentaron el título y merced. . .”

 

“Por aquellos tiempos, dice el señor Guillermo Prieto, con fecha 17 de Abril de 1855, en el tomo X o sea Apéndice al Diccionario Universal de Historia y Geografía, por el Lic. Manuel Orozco y Berra, el Comercio de Tehuacan cobró poderoso incremento; sus trigos abastecían de harinas no solo a su distrito, sino a Oaxaca, Orizaba y Córdoba, en que se solicitaban con aprecio. El comercio de grana era activísimo y en la célebre feria de Coxcatlán se operaba el cambio de aquel tinte precioso por pesos fuertes que llevaban de grandes distancias los comerciantes españoles.

 

La matanza de chivos, que aún hoy es un ramo muy lucrativo de especulación, ponía en movimiento cuantiosos capitales; aunque las pieles no eran como hoy un codiciado artículo de exportación de que se podían sacar grandes ventajas, perfeccionando el modo de curtirlas y buscando el mercado en el país.”

 

Extraído de Apuntes Históricos de Tehuacán de Joaquín Paredes Colín.

 

 

 

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